Establecer el concepto de familia numerosa, como un apartado especifico en todos los baremos de puntuación que establezca el Ayuntamiento sus órganos o empresas dependientes para el acceso a cualquier servicio.
En los casos en que se valore la situación laboral de ambos padres, equiparar la situación del trabajador en activo al de padre o madre de familia numerosa según proceda.
Utilizar un coeficiente familiar al estilo de renta percapita para baremar el acceso a:
Educación, deporte, cultura.
Comedor escolar. guardería.
Becas.
Acceso a prestaciones sociales.
Acceso a puestos de trabajo.
Cualquier otra convocatoria de carácter municipal.
Promulgar un acuerdo municipal a favor de las familias numerosas, con unas categorías acordes a la realidad actual:
3, 4, o 2 Hijos cuando alguno de ellos sea discapacitado para 1ª categoría.
4 Hijos cuando alguno sea discapacitado y 5 o Más hijos para categoría de honor.
En las familias en las que convivan habitualmente algún o algunos ascendientes o descendientes familiares, considerar a estos como miembros a los efectos de obtener la prestaciones de que disfruten las familias numerosas.
Debido al concepto de progresividad de las tarifas de agua potable, los hogares de las familias numerosas están siendo penalizados con el recibo del agua, por el mero hecho de ser unidades familiares de mas de 1.15 miembros.
Que la progresividad de la tarifa debe penalizar a los consumidores que derrochen agua y no a los que hacen un uso razonable de la misma.
Que en otros municipios (Zaragoza), existen tarifas progresivas pero que contemplan medidas correctoras en los casos de familias numerosas.
Conforme al articulo 16 de la ley 25/1971 de 19 de Junio de protección a la familia numerosa tendrán derecho preferente de adjudicación de viviendas promovidas por entidades oficiales.
Establecer mecanismos y ayudas adecuadas para que una familia numerosa cuya vivienda en propiedad se le haya quedado pequeña, pueda adquirir una nueva de protección oficial o ampliarla la propia.
Velar por que la información de los cupos mínimos en la adjudicación de viviendas para familias numerosas este bien visible y vigente durante los plazos oportunos.
Que en los medios de transporte terrestre, de ambito nacional ferrocarril y autobús existen tarifas especiales, hoy ya muy desfasadas, para las familias numerosas.
Que en el transporte interurbano dentro de Castilla-La Mancha existe una tarifa más interesante que la anterior para los viajes con origen y destino dentro de la región que supone un 50% de reducción en la tarifa.
Que el transporte publico urbano de Tomelloso no hay una tarifa especial para las familias numerosas, por lo que se pide la siguiente modificación en las tarifas:
Para familias numerosas de 1ª categoría; 50% de la tarifa normal.
Para familias numerosas de categoría de honor, gratuito.
La aplicación mediante un carnet personal e intransferible de validez bianual.
Bonificar el impuesto de construcciones y obras para la construcción o ampliación de su propia vivienda a las familias numerosas:
Familias numerosas de 1ª categoría, bonificación del 50%.
Familias numerosas de categoría de honor 75%.
La facilidad para acceder al transporte y a los medios de comunicación es básico en la actualidad, el vehículo particular constituye en este momento el medio de transporte mas generalizado en nuestra sociedad.
Las familias numerosas son las que hacen el uso más racional del mismo por cuanto tienen un índice de ocupación mucho mas elevado.
En la ley 14/2000de 20 de Diciembre de medidas fiscales administrativas y de orden social se redujo al 50% el impuesto estatal de matriculación de los vehículos nuevos para las familias numerosas, el impuesto de circulación es un impuesto dependiente del ayuntamiento.
Por todo lo indicado se reducirá el impuesto de circulación de los vehículos de familias numerosas en las siguientes condiciones:
Para las familias numerosas de primera categoría 50% del impuesto.
Para familias numerosas de categoría de honor 75% del impuesto.
Establecer baremos en los que se puntúe la renta percapita para la adjudicación de plazas de cualquier centro.
Facilitar el acceso a la guardería municipal. Dando acceso preferente a los hijos de familias numerosas con independencia de la situación laboral de los padres.
Facilitar el acceso a los centros de educación infantil, primaria, E.S.S.O., y Bachiller ya sean públicos o concertados:
Puntuando adecuadamente la pertenencia a familia numerosa.
Integrando en el mismo centro cuando así lo soliciten los padres, a los hermanos de una misma familia.
Ampliar las ayudas por libros en los tramos en los que la JCCM no se hace cargo, a los estudiantes que pertenezcan a familias numerosas; al igual que se ha hecho en localidades de nuestro entorno, como Quintanar de la Orden, Almansa, etc.
Creación de escuelas de verano, en las que se cubran las demandas de plazas.
Promover en el colectivo de padres de escolares un debate sobre los horarios y el calendario escolar, el cual se pueda unificar en nuestra localidad, con el consiguiente para todos nuestros escolares, y el buen aprovechamiento de las actividades extraescolares.
Facilitar el acceso a las actividades extra escolares municipales mediante la reducción del precio sobre la tarifa.
Facilitar el acceso a las actividades o centros deportivos municipales, mediante la reducción del precio sobre la tarifa normal de:
1ª Categoría 50%.
Categoría de honor 75%.
Facilitar el acceso a las actividades o centros de ocio y cultura municipales, mediante la reducción del precio sobre la tarifa normal de:
1ª Categoría 50%.
Categoría de honor 75%.
Para aquellas actividades de ocio, deporte, o cultura municipales, que para su acceso estén sujetas a puntuación, baremar adecuadamente la pertenencia a familia numerosa, Abogamos por la utilización de la renta percapita.
Establecer baremos en los que se recoja la realidad de gasto por hijo, actualmente en Castilla-La Mancha, tener tres hijos solo eleva el umbral de renta un 42% sobre el matrimonio que no tiene ninguno, a los efectos de la obtención de prestaciones sociales ( veanse coeficientes de ponderación del art. 5.2.1.1. de la Orden de 14/12/2001 de la Conserjería de Bienestar Social). Abogamos por la utilización de la renta percapita.
En los casos en que se valore la situación laboral de ambos padres, equiparar la situación del trabajador en activo al del padre o madre de familia numerosa según proceda.
Establecer mecanismos que den preferencia en el acceso al mercado laboral a los padres o madres de familias numerosas.
Instalación obligatoria de cambiadores de pañales para bebes en aseos públicos de señoras y caballeros.
Colocación, conservación, y actualización de juegos infantiles en parques y zonas verdes sectorizados por edades.
Crear un observatorio municipal de la familia, a fin de conocer la realidad de las familias tomelloseras y tener información en tiempo real de sus cambios y el impacto de las actuaciones.
Incrementar para alcanzar la media Europea, la línea de compensación económica directa a las familias numerosas.
Ayudas a familias numerosas de un mínimo de 100 euros/mes por hijo, con el fin de alcanzar la media europea. Con la actualización del IPC correspondiente para no perder el poder adquisitivo. Y que se declaren exentos en IRPF 2004.
Universales como en el resto de los países de la Unión Europea.
Para todos los hijos, mientras permanezcan inscritos en el Libro de Familia Numerosa conforme a la normativa vigente.
Que su cuantía se revise automáticamente con el índice de precios al consumo.
Promover un Pacto de Estado para las Familias Numerosas con el fin de armonizar criterios y políticas a fin de evitar:
Situaciones diferenciales insostenibles entre regiones.
Que el apoyo a la familia este sujeta a los vaivenes políticos.
Una excesiva fragmentación legislativa
Realizar campañas publicitarias que fomenten el asociacionismo en el colectivo y permitan sensibilizar a la población de la función que realizan las familias numerosas a fin de:
Dar continuidad a la sociedad y renovar el tejido productivo
Posibilitar el mantenimiento del estado del bienestar.
Una sociedad joven es más dinámica y menos inmovilista.
Utilizar un cociente familiar de renta per cápita para el acceso a:
Educación, guarderías.
Residencias universitarias.
Becas y viajes de estudio.
Cupos y forma de acceso a vivienda en propiedad y alquiler.
Acceso a prestaciones sociales
Acceso a puestos de trabajo.
Acceso a residencias de la tercera edad.
Adecuar los las nuevas categorías a la nueva Ley 40/2003 de 18 de noviembre de 2003 Protección a las Familias Numerosas.
Aumentar la edad límite para que los hijos sin ingresos sean beneficiarios del título de familia numerosa, que es 25 años cuando la realidad sociológica era muy distinta
Que los reconocimientos o ayudas que se habiliten para las familias numerosas se establezcan, como en el resto de Europa, con carácter universal, independencia de la renta y con independencia de la situación laboral de los padres y esto por varios motivos:
De no ser así se confunden las políticas familiares con las políticas asistenciales, de beneficencia o caridad, lo que lleva a confundir familia con necesidad.
Si no se independizan los criterios y las ayudas se confunde y supedita la ayuda a la familia a una situación laboral muchas veces transitorias y que en la mayoría de los casos de las familias numerosas viene forzada por el mucho trabajo que hay en casa.
En las familias en las que convivan habitualmente algún o algunos ascendientes familiares, considerar a éstos como miembros a los efectos de obtener las prestaciones de que disfruten las familias numerosas.
Solicitar que el V Congreso de Familias Numerosas se celebre en nuestra comunidad aprovechando el IV Centenario del Quijote. Contando que nuestra región tiene actualmente 25.000 familias, numerosas de las cuales 900 viven en Toledo capital. Y nuestra región cuenta con más asociaciones y más asociados que cualquier región española.
Establecimiento de preferencias y puntuaciones diversas en función de la situación familiar para acceder a una vivienda de protección oficial. En especial, proponemos la preferencia en la adjudicación de viviendas sociales de las familias con mayores cargas y, en particular, de las familias numerosas, con reserva de un 15% de viviendas con un programa acorde a sus necesidades promovidas por las administraciones públicas, ya recogido en el borrador del Plan Regional de Familias Numerosas. (Modificar art. 7. apartado 1.f) del decreto 113/2002 de 27-08-2002 de JCCM)
A los anteriores efectos, proponemos para la adjudicación de viviendas de protección social la sustitución del criterio de la renta familiar (la suma de las rentas obtenidas por todos los miembros de la unidad familiar) por la renta per capita (la suma de los ingresos obtenidos por todos los miembros de la unidad familiar dividida por el número de miembros). De esta forma, para la adjudicación de las viviendas sociales, se tendrá en cuenta de una forma mucho más ajustada la capacidad económica real de la familia. Hay que tener en cuenta que los coeficientes de ponderación correctores de los ingresos determinantes del derecho a la financiación cualificada, y que vendrán referidos a los ingresos familiares, que se fijarán en función de la cuantía, en número de veces el salario mínimo interprofesional, equipara por ejemplo una familia con tres hijos el mismo valor que un soltero que cobre un 12% menos que la citada familia.
Aumentar el tamaño de las viviendas de protección oficial para las familias numerosas, que deberían tener al menos una superficie útil no inferior a 20 m2 por miembro familiar, en sustitución del tamaño fijo de 120 m2. . (Modificar art. 7.1 f) el decreto 113/2002 de 27-08-2002 de JCCM).
Modificar art. 7. apartado 1.b) del decreto 113/2002 de 27-08-2002 de JCCM, ya que el límite establecido es realmente inoperante, para adquisición de nueva vivienda poseyendo ya otra, y con la finalidad de mejorar, al no poder exceder el 60% del precio total de venta establecido de la nueva el valor de la vieja, que provocar prácticamente no poderse acoger en estos supuesto a ayudas públicas.
Reducción de tipos impositivos aplicables en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados (copias de escrituras y actas notariales) que documenten transmisiones de viviendas al 0,2 %, cuando se transmitan viviendas de protección pública para familias numerosas.
Reducción al tipo 4 % del impuesto de trasmisiones patrimoniales, para los supuestos de adquisición de vivienda habitual de familia numerosa dentro de los 2 años siguientes a la fecha en que se considere legalmente familia numerosa y que dentro del mismo plazo se proceda a la venta de la anterior vivienda habitual con las limitaciones de superficie útil y nivel de renta antes considerados.
Establecimiento en el tramo autonómico de porcentajes de deducción por inversión en vivienda habitual para familias numerosas. residentes en la Comunidad Autónoma de Castilla - La Mancha en el impuesto de IRPF.
Aplicar la nueva normativa al acceso a las guarderías públicas o concertadas,
Dando acceso preferente a los hijos de familias numerosas con independencia de la situación laboral de los padres.
Estableciendo un sistema de cheques escolares que permitan la libre elección de guardería.
Facilitar el acceso a los centros de educación infantil, primaria, E.S..O. y Bachiller, ya sean públicos o concertados:
Puntuando adecuadamente la pertenencia a familia numerosa.
En los comedores escolares:
No discriminar a quienes se ocupan del hogar y equipararlos a personas en activo.
Reducción del precio sobre la tarifa normal que podría ser del 60 % para las familias numerosas de categoría general y del 90 % para las de categoría especial.
Ampliar las ayudas por libros y materiales curriculares a los estudiantes que pertenezcan a familias numerosas.
En educación infantil.
En ciclos superiores.
Creación de "escuelas" de verano.
Establecer descuentos y derechos de acceso preferente en residencias universitarias.
Promover en el colectivo de padres de escolares un debate sobre los horarios y el calendario escolar.
Ayudas económicas para la adquisición de equipos informaticos y promocionar la conexión y mantenimiento de líneas de Internet.
Facilitar el acceso a las actividades deportivas dependientes de la Junta, auspiciadas o subvencionadas por la Junta de Comunidades mediante la reducción del precio sobre la tarifa normal que podría ser del 60 % para las familias numerosas de categoría general y del 90 % para las de categoría especial.
Facilitar el acceso a las actividades culturales dependientes de la Junta, auspiciadas o subvencionadas por la Junta de Comunidades mediante la reducción del precio sobre la tarifa normal que podría ser del 60 % para las familias numerosas de categoría general y del 90 % para las de categoría especial.
Facilitar el acceso a las actividades de ocio y tiempo libre dependientes de la Junta, auspiciadas o subvencionadas por la Junta de Comunidades mediante la reducción del precio sobre la tarifa normal que podría ser del 60 % para las familias numerosas de categoría general y del 90 % para las de categoría especial.
Para aquellas actividades deportivas o culturales dependientes, auspiciadas o subvencionadas por la Junta de Comunidades, que para su acceso estén sujetas a puntuación, baremar adecuadamente la pertenencia a familia numerosa. Abogamos por la utilización de la renta per cápita.
Establecer programas de vacaciones familiares para familias numerosas (turismo social).
Establecer baremos en los que se recoja la realidad del gasto por hijo: actualmente en Castilla-La Mancha, tener tres hijos sólo eleva el umbral de renta un 42 % sobre el matrimonio que no tiene ninguno,. a los efectos de la obtención de prestaciones sociales (véanse coeficientes de ponderación del Art. 5.2.1.1. de la Orden de 14/12/2.001 de la Consejería de Bienestar Social). Abogamos por la utilización de la renta per cápita.
Establecer ayudas económicas directas para gafas, ortopedia, aparatos odontológicos, etc.
Facilitar a los niños de familias numerosas, mediante recetas del SESCAM, los pañales hasta los tres años de edad y las leches maternales a niños de hasta un año de edad.
Promover el debate social e incentivar en los convenios laborales la mejora de la vida laboral y familiar y el establecimiento del horario de trabajo intensivo o europeo ya que:
Resulta más beneficioso para la vida familiar
Se solventa el problema de los horarios comerciales, ya que los hábitos de consumo se desplazarían hacia las tardes, pudiéndose cerrar los Domingos obligatoriamente, pues también tienen familia los comerciantes y los trabajadores de las grandes superficies.
En los casos en que se valore la situación laboral de ambos padres, equiparar la situación de trabajador en activo al de padre o madre de familia numerosa según proceda.
Establecer mecanismos que den preferencia en el acceso al mercado laboral a los padres o madres de familias numerosas.
Establecer mecanismos, incluso de discriminación positiva, que facilite la incorporación o reincorporación al mercado laboral de los padres o madres de familias numerosas una vez que decidan su incorporación al mercado laboral.
PROYECTO TRIPARTITO PARA LA CREACIÓN DE NUEVAS PLAZAS DE GUARDERÍAS
Teniendo en cuenta la gran carencia que sufre la mayoría de las ciudades de la región en esta materia, nos vemos en la necesidad de solicitar la urgente creación de nuevas plazas de GUARDERIAS, con un plan, que estudiándolo a fondo probablemente sea beneficioso para todas las partes.
Habida cuenta de la gran escasez, no se cubre la excesiva demanda, ni siquiera con las plazas privadas, que también es bastante escasa.
Prácticamente el 50% de solicitudes se quedan fuera de guardería, este número nos da cuenta de la urgencia de un plan a corto plazo de creación de nuevos centros.
Un PROYECTO TRIPARTITO, esto es, la colaboración entre Junta de Comunidades, Ayuntamientos y entidades privadas, incentivando así la iniciativa privada.
Por un lado el Ayuntamiento cedería los terrenos para la construcción de dicho centro y así la extensión para las instalaciones serían apropiadas para dichas necesidades.
A la presentación del proyecto la Junta de Comunidades, concertaría una cantidad de plazas, quedando otras que se gestionarían de forma privada, de este modo, la Administración pública se ahorraría la construcción de nuevos centros, se crearía empleo, y también se crearía nuevas plazas tanto públicas (concertadas) como privadas.
La construcción y gestión de centros, correría a cuenta de la entidad interesada. La gestión, de todas formas, podría inspeccionarse bien desde la Junta, bien desde el Ayuntamiento junto con las personas que lleven a cabo dicho proyecto.
Así de esta manera, podría empezarse el proyecto que, el Señor Zapatero, expuso en el IV Congreso Nacional de Familias Numerosas " invirtiendo 1000 millones de euros, creando una red de escuelas infantiles para que 300.000 niños dispongan de plazas", que ahora mismo no existen.
Nuestra Asociación está al cabo de la calle, y tienen muy en cuenta las necesidades de las familias, este proyecto necesita ser llevado a cabo sin demora alguna.
Hijos menores de 3 años. Tenemos actualmente una deducción de 150 euros, mientras que Galicia tiene 180 euros. Álava 250 euros, más otros 460 sin límite de edad. Aragón y Castilla y León tienen 500 euros por el tercer hijo y sucesivos sin límite de edad.
Libros de texto y material curricular. En Islas Baleares tienen un 100% del importe de libros de texto para menores de 25 años sin independencia económica. En Cataluña hay deducción de los intereses de préstamos universitarios.
Familias numerosas. En Castilla y León hay deducción de 225 euros por el simple hecho de ser familia numerosa, incrementando en 100 euros a partir del cuarto hijo. En Galicia entre 200 y 380 en función del número de hijos. En Valencia de 180 a 420 en función del número de hijos.
Cuidado de ascendientes mayores de 70 años. Pedimos que sea para mayores de 65 años para equipararnos a Madrid, y una deducción de mínimo 600 euros. En Asturias deducen 300 euros por persona mayor de 65 años.
Cuidado de discapacitados. Se debe elevar como mínimo a 600 euros a cada uno.
Residencias universitarias subvencionadas al 100% para familias numerosas.
Desgravación de alquileres para familias numerosas con hijos universitarios que cursen estudios en ciudades diferentes a la de su domicilio habitual.
CONCLUSIONES. Todo incremento en el IRPF de los mínimos familiares prometidos por el actual Ministro de Hacienda D. Pedro Solbes, estará beneficiando de un 20% a un 40% a las familias con ingresos superiores a 25.000 euros anuales, en un perjuicio de las familias que tienen menos ingresos anuales ya que no estarán obligados a hacer declaración de Renta, para compensar dicho desequilibrio:
SOLICITAMOS
UNA AYUDA AUTONÓMICA DE 100 EUROS/MES PARA TODAS AQUELLAS FAMILIAS QUE NO SOBREPASEN LOS INGRESOS DE 25.000 EUROS ANUALES.
UNA DEDUCCIÓN AUTONÓMICA DE 300 EUROS EN LA DECLARACIÓN DEL IRPF PARA TODAS AQUELLAS FAMILIAS NUMEROSAS OBLIGADAS A HACER DECLARACIÓN DE RENTA Y QUE TENGAN INGRESOS DE 25.000 A 40.000 EUROS ANUALES.
Estudiar el establecimiento de una Ley de Accesibilidad Familiar por la que se establezcan:
Obligatoriedad de que los centros comerciales, centros de trabajo de gran tamaño, polígonos industriales, etc., cuenten con servicio de guardería.
Obligatoriedad de que los multicines proyecten un determinado porcentaje de películas para niños.
Instalación obligatoria de cambiadores de pañales para bebes en los aseos públicos, de señoras y caballeros.
Disponibilidad de determinado número de sillas altas para niños en restaurantes.
Colocación de juegos infantiles en parques y zonas verdes sectorizados por edades.
Control de los contenidos en las televisiones publicas en horario infantil.
Crear un Observatorio Regional de la Familia, a fin de conocer la realidad de las familias castellano-manchegas y tener información en "tiempo real" de sus cambios y del impacto de las actuaciones.